El problema de los prejuicios: Hollywood y La Manada

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Como jurista no puedo más que mostrar preocupación por el permanente y cada vez más desvergonzado ataque a figuras esenciales en un Estado de Derecho, como son el derecho a un juicio justo, a gozar de una defensa y a la presunción de inocencia.

Es verdaderamente preocupante ver cómo, desde los medios de comunicación y determinados sectores ideológicos, se ataca, sin miedo ni prudencia alguna, a todo aquel que, incluso en el cumplimiento de sus obligaciones, busca garantizar esos derechos fundamentales a todo ciudadano, incluso cuando se ha mostrado, en situaciones análogas y recientes, como más que necesario.
No defendemos, ni queremos disculpar o justificar ninguna conducta criminal, tranquilos todos los trolls y extremistas. Condenamos de la forma más firme, tajante e indiscriminada todo delito. No hay tibieza ni duda en nuestra condena de tales conductas, y en nuestro apoyo a cualquier medida propuesta para atajarlos.

Ahora bien,
con la misma firmeza hemos de apoyar a los compañeros letrados que, en cumplimiento de su obligación profesional, defienden a los acusados, que, hasta que un juez no diga lo contrario, son inocentes y merecen el beneficio de una buena defensa y tienen derecho a un juicio con garantías y objetivo. No se trata de conseguir su absolución en todos los casos, ni de defender su absoluta inocencia en todo caso y a ciegas, se trata de perseguir una interpretación proporcional de la norma y conseguir un resultado, una recriminación y reproche, justificados, motivados y proporcionales a los hechos constatados y acreditados.

No podemos entender que se critique la investigación de la perjudicada, de su conducta o de las secuelas sufridas porque, por cruel que parezca desde fuera y para los legos en la materia, todas las circunstancias han de ser tenidas en cuenta para moderar o ponderar la conducta criminal. Evidentemente no merece igual reproche pegar a un total desconocido, sin mediar palabra y por diversión, que agredir en caliente, bajo los efectos de alcohol, a quien acaba de ofender de manera grosera a tu mujer o amenazado a un hijo. Ambas son conductas reprochables, que merecen un castigo, sin duda, pero estaremos de acuerdo en que no el mismo castigo.

Y para saber si el agredido, la víctima del puñetazo, insultó previamente al agresor denunciado, no queda más que investigarle, por feo que parezca investigar la conducta de un agredido, o sus antecedentes personales sobre situaciones análogas.

Igualmente estaremos de acuerdo en que lo normal es que quede más afectado psicológicamente el primer agredido al azar, que el segundo que se sitúa deliberadamente en una situación de riesgo y conoce la causa del daño sufrido, y, por extensión, que la reparación de sus secuelas debe ser proporcional al daño sufrido.

Esa moderación de la pena, esa valoración de la proporcionalidad de la pena y el reproche de la conducta, así como la valoración del daño o secuelas, no cabe sin tener toda la información de lo que pasó y de cómo lo vivió la víctima, una información que requiere una investigación. Una investigación que a nivel periodístico se defiende a capa y espada, con toda la razón, pero que parece estar criticándose de forma incoherente, cuando es en ejercicio de la defensa judicial de uno o varios encausados. Y cuidado, no se trata de defender el derecho a investigar de forma indiscriminada a cualquiera en todo ámbito de su vida y de cualquier forma, sino el derecho a investigar, con sometimiento a la ley y de forma objetiva, los aspectos de interés para el caso de una persona concreta, cuando las circunstancias, intereses legítimos en juego y el Derecho así lo justifiquen y autoricen.

Evidentemente la víctima, si realmente lo es, merece toda la protección de sus derechos, pero también merece protección el derecho de todo ciudadano a no ser privado de su libertad sin haber comprobado toda acusación a conciencia en un procedimiento con garantías y objetivo. Es, como en muchos casos, un equilibrio difícil, siempre mejorable o cuestionable, pero desde la seriedad, respeto y corrección, no el ámbito de las cada vez más frecuentes tertulias televisivas.

No se puede malinterpretar este texto, en el sentido de entender que se afirme que la presunta víctima de “La Manada” o las actrices de Hollywood, que han denunciado abusos, sean culpables en modo alguno de lo que hayan podido sufrir, ni que sirva para excusar la conducta delictiva, si la hubo, o que dichos denunciados sean inocentes o culpables. Lo que se afirma en este texto es: que no nos corresponde decirlo, sin ser jueces y sin tener la información que él dispone o dispondrá; y que no podemos afirmar públicamente y la más mínima reserva, si hubo relaciones consentidas o no, si fueron consentidas hasta un punto o momento y ya luego no, ni cuánto se propasaron los denunciados, ni que daño o secuelas hay que reparar, con la ausencia de conocimiento cierto sobre todo lo que ocurrió.

Y, volviendo al ámbito judicial, si bien el fiscal y las fuerzas de seguridad actúan con profesionalidad y objetividad en esa labor de investigación, la labor de la defensa es complementar o completar ese punto de vista objetivo, con la información subjetiva que aporta el encausado y con las pruebas complementarias que se hayan podido pasar por alto, punto de vista y pruebas que pueden cambiar totalmente el sentido o significado de las pruebas ya aportadas por los investigadores públicos.

Dos ejemplos:

- En la Feria de Málaga del año 2014 hubo un gran revuelo por una denuncia de una violación por parte de cinco chicos. Rápidamente, como ha ocurrido otra vez, circularon las fotos de los acusados condenándoles antes que el juez, de haber violado a la chica. No faltaron los insultos y las amenazas, y no quiero imaginar el calvario que a nivel profesional o personal pasarían los entonces acusados, sin haber sido condenados. Una condena que no llegó porque, gracias a la labor de la defensa y todos los profesionales involucrados en el juicio, se investigó lo ocurrido y localizó la grabación de los hechos, con la que se demostró que la denuncia era falsa, que había habido sexo consentido (deseado) y que lo único que ocurrió es que la chica posteriormente temió por la difusión de la grabación del acto, que directa o indirectamente había consentido (ocurrieron en lugar público), e interpuso denuncia falsa.

Así lo reconoció la propia joven ante el Juez,
según informaron los medios.

- En el
año 2009 se vilipendió públicamente a un joven por la muerte de la hija de su pareja. Nadie dudó en condenar pública y notoriamente al joven, incluso publicando su foto debidamente esposado y calificándole de asesino. Sin embargo, gracias a la labor de defensa e investigadores, se acreditó que todo fue un error en las periciales, y el fruto de un desafortunado accidente en un tobogán. Los prejuicios, provocaron la destrucción de todo honor e imagen pública de ese joven, y le forzó a pasar por un infierno inimaginable e irreparable.

¿Qué habría pasado si nadie le hubiese dado la oportunidad de contar que la niña se había caído previamente en un tobogán? Nadie habría revisado las periciales aportadas, ni habría practicado pruebas adicionales para asegurarse de que las conclusiones eran acertadas y que nada se había pasado por alto.

¿Es un demonio un abogado por agotar la investigación en base a la información de su cliente? ¿Tan ofensivo resulta asegurarse de que, incluso al culpable, se le condena en escrupuloso cumplimiento de la norma, nunca en exceso?

Si la familia del acusado no puede culpar al representante del Ministerio Fiscal por perseguir con tesón y profesionalidad la responsabilidad del encausado, no deberíamos ofendernos el resto de ciudadanos por la misma conducta, en sentido opuesto, de la defensa.

Recordemos que no son el castigo o el efecto disuasorio las únicas finalidades de la condena,
también está el igualmente importante fin de la reeducación y reinserción del condenado en la sociedad.

Es innegable que no todas las acusaciones son erróneas o falsas, pero con que exista un solo caso, debería ser un claro recordatorio de la necesidad de no prejuzgar y no condenar a nadie hasta que el Fallo de un Juez y las pruebas objetivas, permitan tal certeza.

En Hollywood, se ha condenado de antemano a profesionales del sector, en base a acusaciones sobre hechos ocurridos bastantes años antes, no denunciados entonces y sí ahora, en base sólo a la palabra de una persona, incluso antes de que el culpable reconociese su error o que se le juzgase objetiva y debidamente, sin ningún reparo u objeción de la ciudadanía. Parece que la mayor parte están reconociendo sus errores, pero eso no legitima el previo e injustificado prejuicio de todos los denunciados.

Parece que todo raciocinio o moderación ha de desparecer en la defensa de según qué causas

.

Parece que el fin justifica los medios y que toda reflexión o cautela se interpreta como ataque al fin supremo, legitimador de todo abuso o acto radical en su defensa. Y eso, queridos lectores, es algo que
es muy peligroso, pues nos hará retornar a la época de la Inquisición, donde el acusado era torturado, no defendido, hasta que confesaba un crimen, que igual cometió o igual no, con tal de no seguir sufriendo tales males, siempre bajo la legitimación de la voluntad divina adquirida por la inquebrantable fe católica de los inquisidores.

Insistimos, todos los delitos, todos, son condenables y deben ser perseguidos, pero no de forma descoordinada, temeraria, infundada, subjetiva y en base a los prejuicios de un determinado sector de opinión, por muy respetable que su opinión o finalidad resulte. Y antes de criticar la labor de los letrados, piense que nadie está libre de ser acusado en falso, y que por desgracia puede que en un futuro necesite sus servicios, y demandará y esperará de ellos el máximo rigor e implicación en el desarrollo de su imprescindible función.