Carta abierta al Sr. Ministro de Justicia (de la que va camino de ser una república bananera).

viernes, 3 de octubre de 2014

 

¡Bienvenido Sr. Ministro de Justicia!


Le doy la bienvenida de corazón, agradeciendo el relevo que su nombramiento supone (era necesario en mi humilde opinión), pero solicitándole desde el principio que ocupe lo que le queda de mandato (bella palabra) para recuperar lo que jamás debió faltar: sentido común.


Estimado Ministro, como ciudadano y como profesional del derecho y colaborador del Poder Judicial le insto a que recupere valores esenciales que se están perdiendo, tales como la responsabilidad y el compromiso, y que van camino de acabar con el sistema que tanto costó instaurar. Así le ruego que haga un llamamiento a la reflexión y a la cordura, como bases del sentido común, pues parece que últimamente ni lo uno ni lo otro.


En esta semana que ha transcurrido desde su nombramiento (por desgracia no hace falta remontarse mucho más) hemos leído sobre los siguientes sinsentidos:


- El Senado dobla las multas por infracciones graves de piratería desde 300.000 a 600.000 euros en la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (ver): Esto no deja de ser muestra de la desconexión y falta de conocimiento de los legisladores sobre la realidad de la calle. Parece que no quieren comprender que la piratería y la ilegalidad son el reducto que queda cuando la industria no escucha al consumidor y se empeña en imponer un modelo de negocio caduco e insatisfactorio. ¿De qué sirve sancionar a quien no tiene para pagarlo o a quien no se podrá localizar por estar fuera de la Jurisdicción española?


Además de no entender por qué el intercambio de música o películas entre particulares es ilícito y antieconómico mientras la venta entre particulares de cuadros o esculturas es perfectamente legal y no reportan ingreso al artista que los creo (que sólo cobró en la primera transmisión), me planteo ¿cuándo se darán cuenta de que el ciudadano de a pie no es que no quiera comprar música o pagar por una película? El problema no es ese, es que no se puede permitir pagar un mínimo de casi 200 de las antiguas pesetas por cada canción que quiere escuchar en ese momento, pero que no quiere coleccionar o conservar para el futuro o que no quiere esperar meses para ver lo que hay en el cine en la comodidad de su casa.


¿Por qué si quiero ver los últimos estrenos tengo que ir a un cine y no puedo pagar por verlo en mi casa mientras mi hijo duerme?


La generación de consumidores actuales ha vislumbrado las ventajas de la tecnología actual y no puede entender que, pudiendo disfrutar bajo demanda de cualquier información sin necesidad de almacenarlo o coleccionarlo, no pueda disfrutar un contenido que se ofrece gratuito en horarios prefijados cuando y como quiera, pagando una compensación equitativa por ese extra de “servicio a la carta” o “bajo demanda”. Servicios como Spotify en la música han demostrado este razonamiento, reduciendo sin la intervención de los juristas y cuerpos de seguridad del estado la piratería, pero por desgracia nos resistimos a aplicarlo al mundo del cine o programas televisivos.


Mientras exista esa demanda imposible de satisfacer legalmente habrá piratería. Cuando se satisfaga esa demanda por canales legales, desaparecerá la piratería, pues la ilegalidad es al fin y al cabo el reducto de los que no están conformes con el sistema establecido e impuesto legalmente. Y dará igual de cuanto sea la sanción, pues con ella no se acabará la piratería, sólo se forzará una piratería con medios más complejos o incluso una posible reducción del consumo de los contenidos, legales o no. Jamás conseguirán las sanciones forzar a alguien a consumir en un modo que no le satisface ni a pagar por lo que no valora o no le satisface.


- Se organizan manifestaciones y se pide la ilegalización de una aplicación, llamada UBER, en Madrid. El sector del taxi hace tiempo que protesta por la caída de actividad y la consiguiente caída de beneficios (en ese orden, no al revés, es importante remarcarlo), algo parecido a lo que oímos de las distribuidoras de contenidos audiovisuales. Ahora llega una aplicación que reduce los costes y facilita una experiencia al usuario más simple, agil y satisfactoria y demuestra que la demanda de transporte individual y público existe. ¿Y cual es la reacción del sector? Pues la misma que la del sector de distribuidores de contenidos audiovisuales: pedir la ilegalización de la alternativa para perpetuar un sistema o mercado ineficiente en lugar de celebrar la confirmación de la existencia de una demanda que satisfacer en su sector.


Insistimos: por ilegalizar la alternativa la gente no va a valorar de nuevo un servicio que considera insatisfactorio, ya sea por la experiencia que ofrece o por su coste. Y, ¡ojo!, pienso que es más que legítimo que quien ha tenido que satisfacer una cara licencia para poder ejercer una profesión y brindar un servicio exija competir en igualdad de condiciones y reivindique que se le exija a los demás los mismos requisitos, lo que no puede pedir es que se ilegalice a la competencia por haberse adaptado a una nueva demanda que él no satisface.


La ley está para cumplirla, indudable, pero las leyes del mercado también se cumplen, en este caso por necesidad o lógica social. El ciudadano, al recurrir a UBER en lugar del taxi, está demostrando que demanda poder llamar un taxi desde una aplicación que le remita al taxista más cercano (reducción de esperas), sin tener que pasar por una centralita telefónica, ni tener que explicar donde está (habrá veces que, si es turista, ni lo sepa) en el idioma que habla la operadora (puede no ser el mismo), conociendo el coste aproximado que tendrá el servicio de antemano y que le permita una vez prestado el servicio pagar con comodidad y seguridad, sin necesidad de portar dinero en efectivo.


Así las cosas, lo que debe hacer el sector del taxi es tomar nota y adaptarse a dicha demanda, satisfacerla, eliminando el nicho de mercado que ha venido a explotar UBER, partiendo de una base de implantación muy superior, pues así además de acabar con el problema, incrementará su actividad y consecuentemente su beneficio. Para ello podrá desarrollar una nueva plataforma o llegar a acuerdos con UBER, en lugar de convertir en proscrito a quien ha sabido evolucionar e interpretar la demanda social y esperar que la maquinaria del Estado proteja un servicio no valorado, con la siguiente frustración por la falta de resultados.


La ley está para proteger los legítimos derechos de todos, pero los recursos son limitados y no debe primarse la protección de sistemas desfasados y carentes de demanda en detrimento de otros objetivos o fines más eficientes y económicos.



  1. -Se ha aprobado una ley catalana antihomofobia (ver): ¿Qué podemos decir sin caer en obviedades?

La homofobia, en cuanto conducta discriminatoria injustificada e ilegítima de una persona por sus preferencias o gustos personales, es ilegal y de todo punto reprochable, no cabe discusión.


Ahora bien, ese tipo de discriminaciones ilícitas ya son prohibidas por la Carta Magna y perseguidas en sus posibles manifestaciones, por el Código Penal y otras normas. ¿Para qué sacar una ley que sancione de nuevo lo que ya es perseguible y sancionable? ¿Para plantearnos luego en base a que norma perseguir a quien, por ejemplo, insulte a alguien por su condición de homosexual? ¿Para que no sepamos si condenarlo como delito contra el honor o en base a esa norma nueva? Nuevamente se impone la necesidad de pedir sentido común y recordar que la actividad legislativa está para servir a fines muy superiores al de la publicidad o la mera demagogia electoralista y que, en consecuencia, y por mor de la seguridad jurídica, no se pueden hacer las leyes de prisa y corriendo, sin mínimo estudio y reflexión de la normativa existente. Lo que los homosexuales víctimas de la homofobia demandan es la evitación del daño mediante la correcta aplicación de la normativa existente, no la creación de más normativa. Lo que falta es la aplicación de la norma, no la existencia de la propia prohibición.



- Vemos como se van distanciando las interpretaciones de las normas, incluso las procesales de naturaleza imperativa, de los diferentes órganos jurisdiccionales, convirtiendo los Juzgados en un reino de Taifas que impiden cualquier esperanza de encontrar, al menos, seguridad jurídica. En Fuengirola, sin ir más lejos, donde tenemos 5 Juzgados de 1ª Instancia, hay tres que permiten la cesión del remate en subastas de bienes inmuebles (trámite regulado y contemplado en la LEC) y otros dos que se niegan sin motivo justificado. Y como esta disparidad de criterios, podríamos exponer unos cuantos ejemplos más.


Todos somos conscientes de la necesaria independencia y objetividad del Juez, pero aquí estamos ante posturas que a veces son arbitrarias, otras contrarias al sentido común y otras veces incluso contrarias a un literal inequívoco de la norma, por parte del Secretario Judicial, que menoscaba o parece subordinar el imperio de la ley a creencias o valoraciones personales, pero, sobre todo, que hace que los ciudadanos tengan que ver como en supuestos idénticos se dan resoluciones contrapuestas, convirtiendo en una lotería lo que debería ser una resolución motivada ante una solicitud de tutela necesaria. Por desgracia es un ejemplo ilustrador de un problema, el de falta de compromiso personal y responsabilidad, que tiene mil caras (retrasos incluso en el primer señalamiento del día, resoluciones en procedimientos de desahucio por falta de pago o monitorios sin condena alguna pero habilitando a instar ejecución al actor, requerimientos para tasar costas en plazos inexistentes en la norma, delegación “forzosa” de la diligencia de notificación en los procuradores, etc….).


Y ojo, que si nos remontamos un poco más en lugar de ceñirnos al tiempo de su mandato, Sr. Ministro, podríamos seguir hablando de leyes que aprobadas un viernes, abusando de la figura del Decreto-Ley, se publican un sábado, modifican una veintena de leyes y el lunes ya están en vigor, o de correcciones de errores de leyes de 6 páginas, leyes que sin vacatio legis o suspensión cautelar de los procesos en curso modifican el proceso de las ejecuciones hipotecarias, etc…



- Hemos visto como se transmite en directo, con filtración de todos los detalles, la instrucción de unos deplorables actos de rapto y abuso de menores: Desde que alcanzo a recordar (tengo muy mala memoria) no he sido testigo de una filtración más indiscriminada de una actuación policial y, por extensión, instrucción judicial. El detenido como presunto pederasta de la Ciudad Lineal está siendo sometido al mayor juicio paralelo y escarnio público que se recuerda. Estamos viendo como los periodistas publican su foto a diario, como muestran las imágenes de la reconstrucción del inmueble donde supuestamente se produjeron los hechos, como entrevistan a las posibles testigos de uno de los hechos, etc... Así es imposible que se garantice un juicio justo y objetivo a ese señor, pues cualquier reconocimiento por parte de las víctimas del autor o del supuesto inmueble donde se produjeron los hechos, siempre podrán ser puestos en duda, ante la posible influencia de lo publicado y emitido estos días, forzando al juzgador a una situación intolerable: entender que hay dudas razonables poniendo a un posible pederasta reincidente en libertad o rebajar el nivel de exigencia de objetividad de testigos y pruebas si no aparecen otras pruebas concluyentes y no filtradas... Lamentable.



Pero, no quiero terminar siendo negativo Sr. Ministro. Después de tanta crítica a la realidad que ha de enfrentar e intentar corregir, le voy a agradecer un gesto: el de comprometer el análisis y revisión* de las tasas judiciales, no sólo porque sea un ejemplo de compromiso social y sentido común, o porque la tasa sea un injusto obstáculo en la obtención de una tutela judicial consagrada en la Constitución, sino porque es una demanda histórica de todos los juristas que parece no ha caído en saco roto.


Igualmente le voy a felicitar por algo elaborado con anterioridad a su nombramiento, pero en lo que me imagino ha tenido alguna participación: la regulación de los honorarios de los administradores concursales mediante aranceles contenida en la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Ahora por lo menos habrá una base objetiva para su determinación.


Gracias de corazón y ánimo en su lucha, pues es necesaria y esencial. Espero honestamente que cuando termine su mandato podamos recordarle con cariño y agradecimiento, cosa que no podemos hacer en el supuesto de su antecesor.


Fdo: Joaquín Fernández Navarro


*Todavía le habría agradecido más que dijera “supresión” de tasas en lugar de “análisis y revisión”.

 
 
 

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