Alevosía y Ensañamiento. Circunstancias agravantes que se suelen confundir
Alevosía y Ensañamiento. Circunstancias agravantes que se suelen confundir
jueves 20 de enero de 2011
Alevosía y Ensañamiento. No son lo mismo pero una parte importante de la gente normalmente las confunde.
Los abogados y juristas comprendemos que lo mismo que nosotros no conocemos tecnicismos del mundo de la construcción o de medicina, por decir algo, los legos en nuestra materia no tienen porque conocer los “palabros” que a veces y sin acritud, empleamos, provocando una razonable duda en el interlocutor, acerca de que significará, e incluso de si debería sentirse ofendido.
Sin embargo nos cuesta más ser comprensivos cuando escuchamos a un profesional de la comunicación, tratando noticias jurídicas que suscitan cierto morbo y permitiéndose el lujo de cuestionar la labor de los juzgadores, sin ni siquiera asegurarse de estar empleando los términos con acierto y tino. No se trata de una queja por intrusismo (Dios libre a quienes nos atrevemos a redactar un blog. Otras cosas no, pero al menos intentamos ser coherentes), sino una reflexión en voz alta que esperamos sirva para motivar y no para ofender.
Un ejemplo: “Sorprendentemente el juez ha condenado a homicidio, desestimando la existencia de alevosía, pese a que ha apuñalado tres veces a la víctima”. Como veremos no es correcto y además refleja algo frecuente. Está confundiendo dos circunstancias agravantes previstas en nuestro Código Penal, más concretamente en el artículo 22.
Artículo 22.
Son circunstancias agravantes:
1.Ejecutar el hecho con alevosía.
Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.
2.(…)
5.Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito.
(…)
Vemos como se trata de acciones completamente distintas:
- La alevosía se define como cualquier comportamiento tendente a asegurar el resultado perseguido evitando cualquier posible riesgo para el autor que pueda existir por la conducta de la víctima para su defensa. Por ejemplo mediante la utilización de un rifle de largo alcance o veneno.
- Por el contrario, el ensañamiento, descrito en el punto, es más bien la conducta cuya única motivación y fin es el de aumentar el sufrimiento o dolor sufrido por la víctima. Hay una doble exigencia:
oObjetiva: el empleo de medios objetivamente innecesarios o que son menos eficaces en orden a la consecución del resultado buscado.
oSubjetiva: que la motivación para el uso de esos medios sea la voluntad, consciente y deliberada, de causar ese mayor sufrimiento.
Destacar que ambas definiciones prestan especial atención al fin que dicha conducta o medio empleado persigue.
Así, volviendo a la noticia que hemos inventado para nuestro ejemplo, el hecho de apuñalar tres veces a la víctima puede o no ser un delito en el que haya existido alevosía, pero dependerá más bien de si lo hizo por sorpresa, o por la espalda, o aprovechando una situación de indefensión, que de cuantas veces le apuñaló.