Ley Hadopi y Ley Sinde: el tiro por la culata
Ley Hadopi y Ley Sinde: el tiro por la culata
viernes 23 de abril de 2010
Ya se los adelantábamos en nuestro artículo anterior, y ahora, imaginamos que tras un desembolso importante, lo confirma la Universidad de Rennes, en un estudio: los usuarios franceses que intercambian archivos han encontrado la manera de evitar el control y la aplicación de la Ley Hadopi (equivalente francés a la Ley Sinde).
Por el diario “El Pais”, hemos conocido a través de este artículo que la decisión del gobierno francés de “monitorizar” el intercambio de archivos u obras culturales (música, películas y libros), mediante el uso de redes de pares (P2P o peer to peer) sin el permiso del titular de la obra, ha conllevado sólo dos consecuencias:
1.Que usuarios avezados hayan detectado el sistema empleado para dicho control y lo hayan puesto en conocimiento de todos, mediante la publicación de los servidores empleados para dicho sistema y el listado de los archivos cuyo intercambio se sigue.
2.Que los usuarios franceses hayan acudido, ante el riesgo de una suspensión del servicio de acceso a internet, a medios alternativos de intercambiar contenidos como el streaming o los servidores que hospedan archivos de terceros para su intercambio o para que sean compartidos (rapidshare, megaupload, upload, etc...).
Por desgracia, cuando una actividad genera grandes beneficios se produce una fuerza de atracción de sujetos, usualmente no productivos, que pretenden imponer criterios y solucionar problemas sin molestarse a comprender en profundidad la situación y plantearse si lo que se expone como un problema, lo es en realidad, y de que modo se debe actuar para tener cierto éxito.
Por último, permítannos que les recomendamos el blog “Jaque perpetuo”, de nuestro compañero D. Carlos Sánchez Almeida, quien como especialista en la materia (ha intervenido como letrado de la defensa en conocidos procedimientos judiciales sobre la materia) desgrana la torpeza de determinadas medidas o actuaciones, tanto de las autoridades, como de los titulares de los derechos de propiedad intelectual o sus sociedades de gestión.
Por supuesto se trata de un blog de titularidad de dicho compañero, ajeno a este despacho y página, pero cuyas opiniones son, en muchos casos compartidas y siempre dignas de atención.