Del Código Penal, los delitos y sus penas
Del Código Penal, los delitos y sus penas
miércoles 24 de marzo de 2010
Actualización: El día 23 de junio de 2010 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio (pulsar para descargar texto íntegro de la norma), por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. La norma entra en vigor a los seis meses de su publicación, esto es el 23 de diciembre de 2010, y por ello algunas penas del presente artículo serán modificadas.
Los abogados estamos acostumbrados a que todo el mundo nos pregunte cual es la pena que se establece para un delito en concreto, o sobre la posible disparidad o falta de proporcionalidad de penas de delitos que consideran equivalentes en cuanto a su gravedad. Lo cierto es que, aunque es un dato fácil de obtener al ser el Código Penal bastante claro en dicho extremo, nadie sabe donde mirarlo y que además no se suelen prodigar los artículos que informen de manera sucinta y escueta de las penas que, en abstracto se establecen para los delitos más comunes y habituales o conocidos.
Antes de nada hay que dejar claro que la pena no es una cifra concreta y cerrada, es una horquilla de años o meses, que establece una duración mínima o máxima de la pena, dentro de la que el juzgador se moverá en atención a las circunstancias concretas del caso. La decisión no es arbitraria y se ha de acomodar a unas normas clara y matemáticamente establecidas en el citado Código Penal (ya os explicaremos como se calcula la pena concreta a imponer en otro artículo). Precisamente en base a dichas circunstancias agravantes o atenuantes podría la pena impuesta superar el máximo o el mínimo previsto en la norma, pero se tratará siempre de decisiones motivadas y en estricta aplicación de lo dispuesto en el Código Penal.
Pero vamos a lo prometido, os desglosamos las penas de privación de libertad previstas en el vigente Código Penal para los delitos más usuales o comunes:
- Homicidio: 10 a 15 años de prisión.
-Asesinato (homicidio con alevosía, precio, recompensa, promesa o ensañamiento): 15 a 20 años de prisión.
-Lesiones: 6 meses a 3 años de prisión. (3 a seis meses en supuestos de menor gravedad y 6 a 12 años cuando se produzca la pérdida o inutilidad de órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica.)
-Secuestro exigiendo pago o cualquier condición para libertad: 6 a 10 años de prisión.
-Amenazas: 1 a 5 años cuando es condicional y 6 meses a 2 años de prisión cuando no es condicional.
-Coacciones: 6 meses a 3 años de prisión o multa de 12 a 24 meses.
-Abuso sexual sin violencia o intimidación: 1 a 3 años de prisión o multa de 18 a 24 meses. Cuando el abuso se haga con acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal la pena será de 4 a 10 años.
-Acoso sexual: 3 a 5 meses de prisión o multa de 6 a 10 meses.
-Allanamiento o permanencia inconsentida en domicilio ajeno: 6 meses a dos años o, cuando concurra violencia o intimidación 1 a 4 años.
-Hurto: 6 a 18 meses de prisión cuando lo sustraído exceda de 400.-Euros.
-Robo con fuerza en las cosas: 1 a 3 años de prisión.
-Robo en casa habitada: 2 a 5 años de prisión.
-Sustracción de vehículo a motor para uso sin ánimo de apropiárselo y lo restituya en 48 horas: trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 6 a 12 meses.
- Estafa: 6 meses a 3 años si no se puede incluir en los supuestos de los artículos 250 y 251 del C.Penal.
-Defraudación de fluido eléctrico y análogas por importe superior a 400.-Euros: multa de 3 a 12 meses.
-Daños en propiedad ajena por valor superior a 400.-Euros: multa 6 a 24 meses.
-Delitos contra la propiedad intelectual:
1.Difusión pública con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero: 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
2.Exportación o almacenaje: 6 meses a dos años y multa de 12 a 24 meses.
3.Para los dos supuestos anteriores y: beneficio de especial trascendencia, o especial gravedad, o pertenencia a organización o asociación con la finalidad de infringir la propiedad intelectual o que se valga de menores de 18 años para cometer el delito: 1 a 4 años de prisión y 12 a 24 meses de multa.
-Receptación: 6 meses a 2 años.
-Delitos contra la salud pública: 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.
-Falsificación de moneda o efecto timbrado: 8 a 12 años y multa del tanto al décuplo del valor aparente de moneda.
-Atentados contra la autoridad, sus agentes o funcionarios: 2 a 4 años y multa de 3 a 6 meses cuando sea contra autoridad.
-Tenencia de armas prohíbidas (Art. 563 C.P): 1 a 3 años.
Son meros ejemplos de los tipos generales, a título ejemplificativo y para información general. Aquellos que queráis obtener información más concreta o detallada de estos o cualquier otro tipo penal, podéis hacerlo consultando el Código Penal siguiendo el siguiente enlace: pincha aquí
Aviso Legal: En ningún caso puede interpretarse el presente artículo como asesoramiento jurídico o legal. Aquellos que deseéis o necesitéis dicho asesoramiento podréis contactar con cualquier abogado especialista o con el Colegio de Abogados de vuestro lugar de residencia, que os podrá facilitar los datos de profesionales cualificados.