Tranquilo, reclamar por cláusulas abusivas no conlleva tributar siempre

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Sois muchos los que habéis leído noticias contradictorias sobre todo este proceso desatado por la Sentencia del TJUE, y ahora estáis preocupados por si la reclamación de la nulidad de cláusulas abusivas como la "cláusula suelo" o de limitación del tipo mínimo aplicable, os conllevará nuevos quebraderos de cabeza,
esta vez con Hacienda.

Déjenme explicar de que hablamos y luego justificar por qué, si tienen una reclamación con este despacho, no deben preocuparse.
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A vueltas con las Cláusulas Suelo

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Estamos asistiendo a un deplorable espectáculo judicial, que dada la repercusión mediática, puede causar un daño irreparable a una ya más que cuestionada Justicia.

¿Cómo puede ser que tamaña manipulación a consumidores, al haber sido resuelto que se les impuso, mediante falta de transparencia, condiciones que no aceptarían de haberlas comprendido y conocido, haya significado el primer caso en que la nulidad no tiene efectos "ex tunc"? ¿Cómo puede ser que los tribunales mercantiles y de primera instancia estén aplicando una doctrina que ahora el Tribunal Supremo cautelarmente no aplica?

Hoy he abierto los medios de noticias habituales y me encuentro estas dos noticias como vinculadas:

- El Mundo:
Una juez anula las cláusulas suelo de 40 bancos y cajas.

- LegalToday.com:
El Tribunal Supremo pospone un recurso de cláusulas suelo hasta que el TJUE sentencie sobre el alcance de la retroactividad de su nulidad.

Para aquellos que no queráis abrir dichos enlaces y os fieis de nosotros a ciegas, la primera noticia informa de una sentencia de un Juzgado Mercantil nº 11 de Madrid (de 7 de abril) que anula las cláusulas suelo de 40 entidades, limitando la retroactividad (fecha a partir de la que se devuelven los intereses) al 9 de mayo de 2013, en base a una doctrina del Tribunal Supremo que el propio Tribunal Supremo ha decidido no aplicar hasta que, el 26 de abril, el
TJUE decida si dicha doctrina que limita la retroactividad de una cláusula nula es conforme a la normativa europea o no, esto es, legal o ilegal, todo ello según informa la segunda noticia.

Lo siento pero eso no es serio…
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